VISTO: El Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); el DECTO-2025-349-E-MUNICAM-INT del Departamento Ejecutivo y el Expediente Municipal N° 4016-10.473-2025; y CONSIDERANDO:
VISTO: El Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); el Reglamento de Contabilidad y las Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros
VISTO: El Decreto – Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); y el Expediente Municipal N° 4016-23.413-2006 – Alcance 2; y CONSIDERANDO:
VISTO: El Decreto-Ley Nº 6.769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); y el expediente municipal Nº 4016–9048-0-2024; y CONSIDERANDO: Que el Servicio Público