VISTO: El Estado de Ejecución Presupuestaria para el año 2025; el Decreto- Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), el Decreto Provincial
VISTO: El Decreto – Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); la Ordenanza N° 5292; y el Expediente Municipal Nº 4016-15.053-0-2026; y
VISTO: El Decreto – Ley Nº 6769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); y el Expediente Municipal Nº 4016-15.337-0-2026; y CONSIDERANDO: Que resulta
VISTO: El Decreto-Ley N° 6769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); el Reglamento de Contabilidad y las Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros
VISTO: El Decreto – Ley Nº 6769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de
VISTO: El Decreto – Ley Nº 6.769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); el DECTO-2026-108-E-MUNICAM-INT, de fecha 6 de febrero de 2026, del Departamento Ejecutivo;