VISTO:
La facultad conferida al Honorable Concejo Deliberante por el Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), en cuanto a la denominación de espacios públicos; la necesidad de fortalecer la identidad comunitaria en los Barrios de la Ciudad; y
CONSIDERANDO:
Que en la Circunscripción IV, Sección B, Manzana 44, Partida Inmobiliaria N° 8777, se encuentra un espacio verde de uso público ubicado en el Barrio San Cayetano de la ciudad de Campana;
Que dicho espacio constituye un punto de encuentro, recreación e integración social para los vecinos del barrio;
Que la comunidad paraguaya tiene una presencia histórica, activa y profundamente arraigada en la ciudad de Campana, contribuyendo al desarrollo social, cultural y económico de la misma;
Que la República del Paraguay y la República Argentina comparten lazos históricos, culturales y humanos que han consolidado una hermandad entre ambos pueblos a lo largo del tiempo;
Que numerosos vecinos y vecinas de origen paraguayo forman parte del entramado comunitario del Barrio San Cayetano, siendo protagonistas en la construcción cotidiana de la identidad barrial;
Que resulta oportuno reconocer y homenajear a dicha comunidad, destacando su aporte, su cultura, sus valores y su permanente vocación de trabajo;
Que la denominación de espacios públicos constituye una herramienta simbólica de reconocimiento, memoria y construcción de identidad colectiva;
Que el día 14 de mayo se conmemora la independencia de la República del Paraguay, fecha que representa un hito fundamental en la historia de dicho país y un símbolo de libertad para su pueblo;
Que resulta pertinente que la señalización del espacio público se realice en concordancia con dicha fecha patria, reforzando el sentido del homenaje;
Que es atribución de este Honorable Concejo Deliberante la denominación de calles, plazas y espacios públicos dentro del ejido municipal;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A :
ARTÍCULO 1°.- Desígnase con el nombre de “Plaza República del Paraguay” al espacio verde público ubicado en la Circunscripción IV, Sección B, Manzana 44, Partida Inmobiliaria N° 8777, en el Barrio San Cayetano de la Ciudad de Campana.-
ARTÍCULO 2°.- El Departamento Ejecutivo, a través del área que corresponda, procederá a la colocación de la cartelería identificatoria correspondiente, incorporando una referencia alusiva a la comunidad paraguaya y su aporte a la ciudad.-
ARTÍCULO 3°.- Dispónese que la inauguración oficial y/o colocación de la señalización se realice en cercanía o coincidencia con el día 14 de mayo, fecha de la independencia de la República del Paraguay.-
ARTÍCULO 4°.- Invítase a instituciones, organizaciones y vecinos de la comunidad paraguaya a participar del acto de inauguración.-
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 23 días del mes de abril de 2026.-
CRISTINA G. DEL MARMOL JULIA KARINA SALA
SECRETARIA PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
REGISTRADA BAJO EL N° 7806
Campana, 12 de mayo de 2026.-
Promulgada por DECTO-2026-408-E-MUNICAM-INT, del 12 de mayo de 2026.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dra. Lucia del Carmen Schirripa SEBASTIAN ABELLA
Secretaria Técnica, Intendente Municipal
Administrativa y Legal.