DIGESTO

ordenanza 7693

VISTO:

                               El expediente Municipal N° 4016-9190-0-2024; y       

CONSIDERANDO:

                                 Que en los últimos años se profundizó la crisis económica y social en la República Argentina, conforme el fenómeno de la inflación afecta a los más humildes; y la crisis sigue golpeando a la población de nuestro país; muy especialmente al sector más vulnerable según lo informado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos de la República Argentina (INDEC); producto de la devaluación la inflación alcanzó en octubre de 2024 un % 2,7 mensual y acumuló un alza del % 107 respecto de los primeros nueve meses del año y en comparación interanual registró un incremento del % 193.

                                 Que el aludido Organismo Nacional informa asimismo los resultados del primer semestre de 2024 correspondientes al total de aglomerados urbanos registrando un % 42,5 de hogares por debajo de la línea de pobreza (LP); en ellos reside el 52,9% de las personas, todos ellos; sin poder acceder entre otros, a la vivienda digna, a un empleo formal; y a los alimentos básicos.

                                 Que ante la difícil situación económica y social, se declara el estado de emergencia en la Provincia de Buenos Aires mediante la Ley Nº 15165, y se prorroga su vigencia hasta el 31 de marzo de 2025, tal como se dispone en la Ley Nº 15480.

                                 Que por su parte el estado Municipal no ajeno a tal situación y a fin de  paliar  la profundización  de  la  crisis económica; propicia y prorroga la Emergencia Alimentaria en el partido de Campana; mediante la sanción de las Ordenanzas Nº 6942, Nº 7068, Nº 7261 y Nº 7448.

                                 Que en tal sentido el Municipio de la Ciudad de Campana ha venido trabajando en el desarrollo e implementación de políticas públicas activas con el objeto de integrar a las personas en el ejercicio y desarrollo de acciones y programas sociales, para poder asistir especialmente a la población de mayor vulnerabilidad social de la comuna. Teniendo en cuenta como eje principal la dignidad de la familia y el mejoramiento de sus condiciones de vida, llevando siempre a cabo acciones tendientes a dar respuestas rápidas y adecuadas, estableciendo celeridad en la atención de necesidades y reforzando la logística de cada acción desarrollada.

Cuadro de texto: 7693                                 Que el Estado debe estar presente para fortalecer las redes y el tejido social y; deben continuar adoptándose todas las medidas legislativas, administrativas y de otra índole que sean pertinentes para atender dichas necesidades de fondo, apoyando y fomentando los valores de respeto por la dignidad, y la inclusión de todos los habitantes de esta Ciudad.

                                 Que por lo precedentemente expuesto y con el objeto de continuar garantizando el derecho a la alimentación y satisfacer las necesidades básicas de la población local; corresponde propiciar mediante la presente norma, declarar nuevamente el estado de Emergencia Alimentaria en el partido de Campana, por el término de un (1) año.

POR ELLO:

/..

                               EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º.- Declárese la EMERGENCIA ALIMENTARIA en el partido de Campana, por el término de un (1) año, con el objeto de satisfacer las necesidades básicas de alimentación de la población local.-

ARTICULO 2º. Comuníquese al Departamento Ejecutivo, a sus efectos.-

                               Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 10 días del mes de diciembre de 2024.-

         CRISTINA G. DEL MARMOL                                                                JULIA KARINA SALA

                     SECRETARIA                                                                                    PRESIDENTE

       Honorable Concejo Deliberante                                               HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

REGISTRADA BAJO EL N° 7693

Campana,  18 de diciembre de 2024.-

                                               Promulgada por DECTO-2024-1265-E-MUNICAM-INT, del    18 de diciembre de 2024.-

Cúmplase, Regístrese y Publíquese.

      Dra. Lucia del Carmen Schirripa                                                       SEBASTIAN ABELLA                       

                 Secretaria Interina                                                                 Intendente Municipal     

           de la Secretaria Técnica,

             Administrativa y Legal