DIGESTO

ordenanza 7719

VISTO:

  •  El Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades)

(t.v.); y el expediente Nº 4016 – 10.144 – 0 – 2025; y

CONSIDERANDO:

                                Que la Secretaría de Espacio Público y Descentralización a fs. 2 informa, entre otras consideraciones, la importancia de contar con distintos tipos de vehículos tanto para transportar personal como para acondicionar y mantener las calles de nuestra ciudad en buen estado, así como realizar todo lo necesario para acondicionar y mantener los espacios públicos y que por ello es necesario la adquisición de maquinaria por leasing.           

                                  Que se adjuntan facturas proformas a fs. 4/11 y nota de Provincia Leasing S.A. a fs. 12.           

                                  Que la Secretaría de Economía y Hacienda a fs. 13 realiza Informe Circunstanciado manifestando, entre otras consideraciones que, los bienes solicitados por la Secretaría de Espacio Público y Descentralización están destinados al equipamiento municipal y que tiene la intención de celebrar un Contrato de Locación con opción de compra bajo la modalidad de contrato de leasing con PROVINCIA LEASING S.A., sociedad con participación mayoritaria del Banco Provincia de Buenos Aires, en forma de contratación directa, de conformidad a lo establecido por el artículo 156, inciso 2 del Decreto-Ley Nº 6769/58   (Ley  Orgánica  de  las  Municipalidades  de  la  Provincia  de Buenos Aires) (t.v.), y por motivos de conveniencia económica y de oportunidad, estima que el importe total de los valores de referencia respecto de los bienes que  se  pretenden  adquirir mediante  dicha  operatoria asciende a PESOS  SETECIENTOS CINCUENTA MILLONES ($ 750.000.000,00), sin considerar el IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA), el  indicado importe representa una estimación  económica del gasto previsto actualizado y en moneda Nacional,  teniendo en cuenta  asimismo  las  variaciones  futuras  del  mercado  calculadas  al  momento  de efectuarse la adquisición de los bienes en cuestión, adjuntando el Proyecto de Ordenanza a fs. 14/16.

Que a fs. 18 la Contaduría Municipal no posee objeciones de carácter contable que formular respecto al Proyecto de Ordenanza obrante a fs. 14/16.

POR ELLO:

                               EL  HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º.-  Autorízase al Departamento Ejecutivo a formalizar Contratos de Locación con opción de Compra bajo la modalidad de contratos de leasing con PROVINCIA LEASING S.A., sociedad con participación mayoritaria del Banco Provincia de Buenos Aires, en forma de contratación directa, por un importe total de PESOS SETECIENTOS CINCUENTA MILLONES ($ 750.000.000,00), sin considerar el IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA), importe que representa una estimación económica del gasto previsto actualizado y en moneda Nacional, de conformidad a lo establecido por el artículo 156, inciso 2 del Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires) (t.v.).-

ARTICULO 2º.- La operación de Leasing que se autoriza a contraer estará sujeta a las siguientes condiciones financieras:

Destino: Adquisición de bienes de uso.

Tipo de operación: Leasing financiero.

Periodicidad de los cánones: Mensual.

Plazo: 36 meses.

Forma de pago: La Municipalidad autoriza el débito de los servicios en su cuenta corriente.

Garantía: La Municipalidad cede en garantía a PROVINCIA LEASING  S.A. los recursos municipales que le corresponden por el Régimen de Coparticipación Municipal (Ley 10559 y modificatorias) o por el que en el futuro lo reemplace, aun antes de su acreditación en cuenta corriente. Consecuentemente la Municipalidad renuncia en forma expresa a toda reserva, condición o facultad que le permitiere rescindir unilateralmente los convenios de recaudación aludidos, mientras subsistan obligaciones a su cargo pendientes de cumplimiento ante PROVINCIA  LEASING  S.A. por el/los contrato/s de leasing que se suscriba/n entre las partes.-

ARTICULO 3º.-   Dispónese que los bienes adquiridos en leasing serán destinados a la Secretaría de Espacio Público y Descentralización.-

ARTICULO 4º.-   Comuníquese al Departamento Ejecutivo, a sus efectos.- 

                                Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 29 días del mes de mayo de 2025.-

         CRISTINA G. DEL MARMOL                                                                JULIA KARINA SALA

                     SECRETARIA                                                                                    PRESIDENTE

       Honorable Concejo Deliberante                                               HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

REGISTRADA BAJO EL N° 7719

Campana, 06 de junio de 2025.-

                                               Promulgada por DECTO-2025-465-E-MUNICAM-INT, del    06 de junio de 2025.-

Cúmplase, Regístrese y Publíquese.

      Dra. Lucia del Carmen Schirripa                                                       SEBASTIAN ABELLA                       

                 Secretaria Interina                                                                  Intendente Municipal     

           de la Secretaria Técnica,

             Administrativa y Legal