VISTO:
El Decreto – Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); y el Expediente Municipal N° 4016-7124-1-2008; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 237 la “ESCUELA DE LA INFANCIA PININOS”, solicita exención de pago de las Tasa Inspección por Seguridad e Higiene – legajo Nº 10781-0, respecto del período Fiscal 2021.
Que a fs. 238, la División Descentralización Tributaria, Ingresos Brutos e Inmobiliario Rural, dependiente de la Secretaría de Ingresos Públicos manifiesta que, efectuado el análisis del expediente de referencia no existen objeciones sobre el pedido realizado por la Contribuyente, cumpliendo esta con lo requerido, adjunta listado de deuda e informa que no posee Título Ejecutivo.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º.– Condónase la deuda correspondiente al período Fiscal 2021, a la “ESCUELA DE LA INFANCIA PININOS” con domicilio en la calle Rivadavia Nº 1606 de esta Ciudad, de la Tasa Inspección por Seguridad e Higiene, Legajo Nº 10781-0.-
ARTÍCULO 2º.- El beneficio que se concede en el artículo anterior, comprende únicamente a las cuotas impagas de la Tasa mencionada en el mismo y solamente en el período mencionado. –
ARTÍCULO 3°.- El Departamento Ejecutivo efectuará en el respectivo registro el asiento derivado de la medida dispuesta en el artículo primero. –
ARTÍCULO 4°. – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos. –
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a un día del mes de agosto de 2024.-
CRISTINA G. DEL MARMOL JULIA KARINA SALA
SECRETARIA PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
REGISTRADA BAJO EL N° 7641
Campana, 8 de agosto de 2024.-
Promulgada por DECTO-2024-760-E-MUNICAM-INT, del 8 de agosto de 2024.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dra. Lucia del Carmen Schirripa SEBASTIAN ABELLA
Secretaria Interina Intendente Interino
de la Secretaria Técnica,
Administrativa y Legal