VISTO:
La Ordenanza N° 7387; y el expediente N° 4016-2438-0-2023; y
CONSIDERANDO:
Que atento a lo solicitado a fs. 1 por el Sr. PERESSONI BERNARDO ALBERTO D.N.I: 12.269.448, resulta pertinente delimitar el espacio para el estacionamiento de un vehículo DOMINIO: AD382LL, de manera tal que frente al domicilio ubicado en la calle BELGRANO N° 183, de la Ciudad de Campana, quede individualizada un área reservada en su garage, para personas con certificado de discapacidad, para su permanencia, ascenso y descenso.
Que en otras oportunidades el Honorable Concejo Deliberante ha permitido excepcionalmente demarcaciones del espacio público reservado para personas discapacitadas.
Que desde el Departamento Ejecutivo Municipal se ha instrumentado una política en materia de tránsito, a través de un conjunto de acciones orientadas al ordenamiento y modificación de las conductas de las personas que conducen vehículos, en procura de mejorar nuestra calidad de vida cuidando la salud de la persona, con resultados tangibles en materia de seguridad en el tránsito.
Que la implementación de esta forma de estacionamiento con reservados se encuentra en un radio de calles y arterias que no alcanza el domicilio del solicitante.
Que la Ordenanza Nº 7387 faculta al Departamento Ejecutivo, una vez aprobada la Ordenanza que autoriza el pintado de estacionamiento exclusivo de vehículos con personas con discapacidad, a delimitar el pintado de estacionamiento exclusivo de vehículos con personas con discapacidad, o del que las traslade, considerando que en caso de tener garaje y subida de vehículo, la misma se hará en dicho espacio en sentido paralelo al cordón, con una reserva máxima de 6 metros, y en el caso de no poseer garaje, se respetará el pintado de cordón y acera.
Que, asimismo establece que dicha demarcación, irá acompañada por la señalética y cartelería correspondiente, de acuerdo al croquis que como Anexo I, forma parte integrante de la misma, detallando: dominio, patente del vehículo y la “leyenda “uso exclusivo de persona con discapacidad”; como así también los requisitos necesarios para poder acceder a dicha reserva.
Que por lo precedentemente expuesto, resulta pertinente contar con la aprobación del Honorable Concejo Deliberante.
POR ELLO:
/..
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ARTICULO 1°. – Autorízase el pintado de estacionamiento exclusivo de vehículos para personas con discapacidad, frente al domicilio del Sr. PERESSONI BERNARDO ALBERTO ubicado en la calle BELGRANO N° 183, de acuerdo a lo dispuesto en la Ordenanza N° 7383.-
ARTICULO 2°.- Establécese que el peticionante deberá informar a la dependencia municipal correspondiente el cambio de domicilio o titularidad del vehículo o cualquier otra alteración en las condiciones de la reserva, dentro de un plazo de (15) días hábiles de producida la novedad, a fin de analizar la caducidad o continuidad del permiso. –
ARTICULO 3°. – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 18 días del mes de julio 2024.-
CRISTINA G. DEL MARMOL JULIA KARINA SALA
SECRETARIA PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
REGISTRADA BAJO EL N° 7632
Campana, 30 de julio de 2024.-
Promulgada por DECTO-2024-731-E-MUNICAM-INT, del 30 de julio de 2024.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dra. Lucia del Carmen Schirripa SEBASTIAN ABELLA
Secretaria Interina Intendente Municipal
de la Secretaria Técnica,
Administrativa y Legal