VISTO:
El Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de Municipalidades) (t.v.); el DECTO-2021-440-E-MUNICAM-INT; y el expediente Nº 4016-19.940-0-2021; y
CONSIDERANDO:
Que por el DECTO-2021-440-E-MUNICAM-INT, se acepta la donación efectuada por la empresa HONDA MOTOR ARGENTINA S.A., con domicilio en calle Suipacha N° 1111, piso 18, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la que consta de quince mil (15.000) barbijos quirúrgicos, mil (1000) barbijos N95 y dos (2) saturómetros de mesa.
Que el Decreto nombrado precedentemente se dictó “Ad-Referéndum” de su convalidación por parte del Honorable Concejo Deliberante, mediante la sanción de la respectiva Ordenanza.
Que acorde a lo establecido en el Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), resulta necesario contar con la aprobación del Departamento Deliberativo.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°.- Convalídase en todas sus partes el DECTO-2021-440-E-MUNICAM-INT, por el cual se acepta la donación efectuada por la empresa HONDA MOTOR ARGENTINA S.A., con domicilio en calle Suipacha N° 1111, piso 18, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la que consta de quince mil (15.000) barbijos quirúrgicos, mil (1000) barbijos N95 y dos (2) saturómetros de mesa, destinados a hacer frente a la Pandemia Covid-19 en la Unidad Hospitalaria San José.-
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 19 días del mes de agosto de 2021.-
Cristina del Mármol ROMINA E. BUZZINI
Secretaria VICEPRESIDENTE 1°
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
REGISTRADA BAJO EL N° 7217
Campana, 25 de agosto de 2021.-
Promulgada por DECTO-2021-589-E-MUNICAM-INT, del 25 de agosto de 2021.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE SEBASTIÁN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal