Ordenanza: 6909
Año: 2019
Fecha de Sanción: 06-06-2019
Fecha de Promulgación: 21-06-2019
Convalídase en todas sus partes el Convenio Específico para el Municipio de Campana de la Provincia de Buenos Aires de acuerdo con el Plan Nacional de Vivienda, suscripto el día 26 de noviembre de 2018, entre la Secretaría de Vivienda del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación, y la Municipalidad de Campana, el cual tiene por objeto el financiamiento de la ejecución de la Obra “Infraestructura para 104 viviendas en Campana”, cuya copia luce a fs. 2/9 del expediente Nº 4016-38995/2017 alcance 4
VISTO:
El Decreto–Ley Nº 6.769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); el Convenio Específico para el Municipio de Campana de la Provincia de Buenos Aires de acuerdo con el Plan Nacional de Vivienda, suscripto el día 26 de noviembre de 2018 entre la Secretaría de Vivienda del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación y la Municipalidad de Campana; y el expediente Nº 4016-38995/2017 alcance 4; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 2/9 luce copia del Convenio Específico de referencia.
Que el objeto del mismo es la financiación de la ejecución del proyecto denominado “Infraestructura para 104 viviendas en Campana”.
Que el convenio suscripto se encuadra en un Convenio Marco de Colaboración celebrado entre el Ministerio del Interior, Obras Pública y Vivienda y la entonces Secretaría de Vivienda y Hábitat por una parte y la Provincia de Buenos Aires, por la otra, en el que las mismas se comprometieron a cooperar en el desarrollo y en la implementación de acciones y medidas estratégicas con el objeto de dar solución a la problemática habitacional de sectores vulnerables de la sociedad en los centros con déficit de viviendas y de urbanización de barrios vulnerables con infraestructura básica, regularización dominial y fortalecimiento comunitario, logrando así la revalorización del hábitat. A tal efecto, acordaron desarrollar obras para la construcción de viviendas y la planificación urbanas que contemple la transformación físico social en la Provincia.
Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 41 del Decreto–Ley Nº 6.769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), corresponde al Honorable Concejo Deliberante, autorizar consorcios, cooperativas, convenios y acogimientos a las Leyes Provinciales o Nacionales.
Que atento a lo actuado a fs. 17, 18 y 19 por la Contaduría Municipal; la Dirección de Presupuesto Municipal y por la Secretaría de Economía y Hacienda, no existen objeciones de carácter contable, presupuestaria y económicas ni financiera, respectivamente, que formular al respecto.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º.- Convalídase en todas sus partes el Convenio Específico para el Municipio de Campana de la Provincia de Buenos Aires de acuerdo con el Plan Nacional de Vivienda, suscripto el día 26 de noviembre de 2018, entre la Secretaría de Vivienda del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación, y la Municipalidad de Campana, el cual tiene por objeto el financiamiento de la ejecución de la Obra “Infraestructura para 104 viviendas en Campana”, cuya copia luce a fs. 2/9 del expediente Nº 4016-38995/2017 alcance 4.-
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 6 días del mes de junio de 2019.-
Dr. ALEJANDRO DEPPELER OSVALDO M. FRATICELLI
Secretario “Ad-Hoc” PRESIDENTE
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE Honorable Concejo Deliberante
REGISTRADA BAJO EL N° 6909
Campana, 21 de junio de 2019.-
Promulgada por DECTO-2019-474-E-MUNICAM-INT, del 21 de junio de 2019.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE SEBASTIÁN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal