Ordenanza: 6773
Año: 2018
Fecha de Sanción: 06-09-2018
Fecha de Promulgación: 14-09-2018
Condónase la deuda correspondiente al año 2015, a la Asociación “DANTE ALIGHIERI” Comité de Campana, con domicilio en calle San Martín Nº 210, de esta Ciudad, de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene
VISTO:
La Ordenanza Nº 6501 (t.v.) y el expediente Nº 4016–2610-1-1993;y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 257 la Asociación “DANTE ALIGHIERI” Comité de Campana solicita exención de pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene por el año 2015;
Que la Dirección de Rentas, Tributo y Fiscalización a fs. 341/344 informa el listado de deuda que mantiene la institución con este Municipio;
Que en Acta de Inspección a fs. 348, se verifican los inmuebles donde la Asociación desarrolla sus actividades educativas;
Que la Dirección de Entidades de Bien Público a fs. 351 manifiesta que, la Asociación Civil “DANTE ALIGHIERI” se encuentra inscripta como Entidad de Bien Público Nº 27 y que cuenta con su respectiva documentación, actualizada a la fecha;
Que la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal a fs. 354 dictamina entre otras consideraciones que, la exención solicitada se encuentra prevista en la Ordenanza Fiscal Nº 6501 (t.v.) y que por tratarse de una deuda correspondiente a un ejercicio anterior, en caso de considerarlo, el Departamento Ejecutivo deberá elevar el Proyecto de Ordenanza, para que eventualmente el beneficio sea otorgado por el Honorable Concejo Deliberante;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Condónase la deuda correspondiente al año 2015, a la Asociación “DANTE ALIGHIERI” Comité de Campana, con domicilio en calle San Martín Nº 210, de esta Ciudad, de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, Contribuyentes Nº 6431-00 y Nº 6431-01.-
ARTICULO 2º.- El beneficio que se concede en el artículo anterior, comprende únicamente a las cuotas impagas de la Tasa mencionada en el mismo y solamente en el período enunciado.-
ARTICULO 3º.- El Departamento Ejecutivo efectuará en el respectivo registro el asiento derivado de la medida dispuesta en el artículo primero.-
ARTICULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 6 días del mes de septiembre de 2018.-
CRISTINA G. DEL MARMOL SERGIO D. ROSES
SECRETARIA PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
REGISTRADA BAJO EL N° 6773
Campana, 14 de septiembre de 2018.-
Promulgada por DECTO-2018-887-E-MUNICAM-INT, del 14 de septiembre de 2018.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE LUIS RICARDO GÓMEZ
Secretario Técnico, INTENDENTE INTERINO
Administrativo y Legal