Ordenanza: 6724
Año: 2018
Fecha de Sanción: 15-02-2018
Fecha de Promulgación: 05-03-2018
Convalidase en todas sus partes el Acta Complementaria Nº 3 suscrita entre la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Campana,
VISTO:
El Decreto-Ley Nº 6769/58 (ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), y el expediente Nº 4016-40528/2017; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 10/12 obra copia del Acta Complementaria Nº 3 entre la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Campana, suscripta en mes de agosto de 2017; mediante la cual el Senado se compromete a autorizar un Aporte No Reintegrable de hasta la suma de PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 1.250.000.-) a favor de La Municipalidad en el marco de programa “Asistencia a Gobiernos Municipales para la implementación de Políticas destinadas a erradicar la Violencia de Género”;
Que la mencionada Acta Complementaria se enmarca dentro del convenio suscripto entre la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires y el Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires, referente a la implementación del Plan Provincial contra la Violencia de Género, con el objetivo de proteger a la mujer, aunar esfuerzos para reducir los casos de violencia y contar con más refugios para las Victimas;
Que en virtud de lo normado en el artículo 41 del Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), corresponde al Departamento Deliberativo autorizar consorcios, cooperativas, convenios y acogimientos a las leyes provinciales o nacionales;
Que a fs. 14 ha tomado intervención la Tesorería Municipal; y
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Administrativos intervino y obra dictamen;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°.- Convalídase en todas sus partes el Acta Complementaria Nº 3 suscripta entre la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Campana, en el mes de agosto de 2017; mediante la cual el Senado se compromete a autorizar un Aporte No Reintegrable de hasta la suma de PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 1.250.000.-) a favor de La Municipalidad en el marco de programa “Asistencia a Gobiernos Municipales para la implementación de Políticas destinadas a erradicar la Violencia de Género”.-
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 15 días del mes de febrero de 2018.-
Dra. ROMINA M. CARRIZO SERGIO D. ROSES
Secretaria “Ad-Hoc” PRESIDENTE
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE Honorable Concejo Deliberante
Campana, 5 de marzo de 2018
Promulgada por Decreto Nº 0225 del día de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETE SEBASTIAN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal
REGISTRADA BAJO N° 6724