DIGESTO

Expediente N°6724

Ordenanza: 6724
Año: 2018
Fecha de Sanción: 15-02-2018
Fecha de Promulgación: 05-03-2018

Convalidase en todas sus partes el Acta Complementaria Nº 3 suscrita entre la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Campana,

VISTO:

El Decreto-Ley Nº 6769/58 (ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), y el expediente Nº 4016-40528/2017; y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 10/12 obra copia del Acta Complementaria Nº 3 entre la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Campana, suscripta en mes de agosto de 2017; mediante la cual el Senado se compromete a autorizar un Aporte No Reintegrable de hasta la suma de PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 1.250.000.-) a favor de La Municipalidad en el marco de programa “Asistencia a Gobiernos Municipales para la implementación de Políticas destinadas a erradicar la Violencia de Género”;

Que la mencionada Acta Complementaria se enmarca dentro del convenio suscripto entre la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires y el Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires, referente a la implementación del Plan Provincial contra la Violencia de Género, con el objetivo de proteger a la mujer, aunar esfuerzos para reducir los casos de violencia y contar con más refugios para las Victimas;

Que en virtud de lo normado en el artículo 41 del Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), corresponde al Departamento Deliberativo autorizar consorcios, cooperativas, convenios y acogimientos a las leyes provinciales o nacionales;

Que a fs. 14 ha tomado intervención la Tesorería Municipal; y

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Administrativos intervino y obra dictamen;

POR ELLO:

                              EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°.- Convalídase en todas sus partes el Acta Complementaria Nº 3 suscripta entre la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Campana, en el mes de agosto de 2017; mediante la cual el Senado se compromete a autorizar un Aporte No Reintegrable de hasta la suma de PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 1.250.000.-) a favor de La Municipalidad en el marco de programa “Asistencia a Gobiernos Municipales para la implementación de Políticas destinadas a erradicar la Violencia de Género”.-

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, a sus efectos.-

                               Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 15 días del mes de febrero de 2018.-

         Dra. ROMINA M. CARRIZO                                                                      SERGIO D. ROSES

               Secretaria “Ad-Hoc”                                                                                        PRESIDENTE

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE                                                    Honorable Concejo Deliberante

Campana, 5 de marzo de 2018

                                               Promulgada por Decreto Nº 0225 del día de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.

      Dr.  ABEL SANCHEZ NEGRETE                                         SEBASTIAN ABELLA                        

               Secretario Técnico,                                                  Intendente Municipal

              Administrativo y Legal

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