876,1966,1966-06-02,1966-06-06,RTÍCULO 1º.- Créase en el Presupuesto General de Gastos vigente, la Partida 2.2.2.2.13. “Junta Local de Defensa Civil”, acordándosele un crédito de CINCUENTA MIL PESOS MONEDA NACIONAL $ 50.000.- m/n.-n nARTÍCULO 2º.- La suma necesaria para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior, se tomará de la Partida 2.1.1. “Sueldos”, del mismo Presupuesto.-n nARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n