875,1966,1966-06-02,1966-06-06,ARTÍCULO 1º.- Créase en el Cálculo de Recursos vigente, el Capítulo 3.27. “Contribución Junta Provincial de Defensa Civil” por el importe de CIENTO SEIS MIL PESOS MONEDA NACIONAL $ 106.000.- m/n.-n nARTÍCULO 2º.- Amplíase la Partida 2.2.2.2.12. “Ayuda para reparación viviendas afectadas por el ciclón del 24 de febrero de 1966”, por el importe a que hace referencia el artículo 1º de la presente Ordenanza.-n nARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-