822,1965,1965-06-03,1965-06-07,ARTICULO 1º: Acéptase la donación de un cantero gigante de piedra artificial rústica, efectuada por el señor Delicio J. NUÑEZ, de la Empresa Técnica Constructora “NUCO”, fabricado por la firma Bertini y Cía., el que será ornamentado y decorado por la Florería Rímoli, a cargo del donante. ARTICULO 2º: El cantero a que hace referencia el artículo anterior, será colocado en el lugar del Balneario Municipal que determine el Departamento de Obras Públicas de esta Municipalidad. ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n