778,1964,1964-09-04,1964-09-08,ORDENANZA N° 778 DE 1964. AUTORIZANDO AL D.E. A ADQUIRIR TERRENO DESTINADO A INSTALACIONES COMPLEMENTARIAS DEL FUTURO BALNEARIO MUNICIPAL. ARTÍCULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a invertir hasta la suma de UN MILLÓN DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS MONEDA NACIONAL $ 1.232.475. m/n., para la adquisición de una superficie de 24.649 m2. 50 dm2 de terreno destinado a instalaciones complementarias del futuro Balneario Municipal.- nnARTÍCULO 2°: El Departamento Ejecutivo queda autorizado a efectuar dicha compra en el lugar que a continuación se indica: fracción de tierra que forma parte del predio conocido por campo “La Querencia”, propiedad de los señores Alfredo Eusebio y Juan Carlos GAMBIER, según descripción hecha en el Contrato de Compra – Venta firmado “Ad-Referendum” del Honorable Concejo Deliberante. ARTÍCULO 3°: El monto total a abonarse será el establecido en el artículo 1° y en las condiciones establecidas en el Contrato de Compra –Venta referido en el artículo anterior. ARTÍCULO 4°: Las sumas necesarias para los pagos estipulados se tomarán de la Partida 2.4.1.14. “Construcción del Balneario Municipal”, del Presupuesto de Gastos Vigente. ARTÍCULO 5°: Facúltase al D.E. a realizar los tramites necesarios para la escrituración del terreno involucrado en presente Ordenanza. ARTÍCULO 6°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-