74,1922,1922-04-21,1922-04-25,ART. 1°.- Designándose con el nombre de “PLAZA 1° DE MAYO” la de futura habilitación, ubicada entre las manzanas irregulares numero 306, 381, 382, 383, 384 y 386, del plano oficial del Municipio. ART. 2°.- Piedra fundamental e iniciación de los trabajos para su habilitación definitiva se colocara indefectiblemente el 1° de Mayo de 1923. ART. 3°.- Esta Plaza se destinara con preferencia para la instalación de gimnasios y juegos infantiles de enseñanza física, que mas se amolden a la vida democrática y libre, con exclusión absoluta de toda instalación de canteros de vida precaria. ART. 4°.- Los gastos que demande el cumplimiento de esta ordenanza se pagaran de rentas generales.nnART. 5°.- Comuníquese, publíquese e insértese en la recopilación de Ordenanzas Oficiales.