695,1961,1961-10-13,1961-10-16,Art. 1º.- La Municipalidad de Campana reconoce un crédito a favor de la Compañía del Sud Argentina S.A. al 22/11/60 del UN MILLON OCHOCIENTOS MIL PESOS MONEDA NACIONAL $ 1.800.000 m/n al que se llegó de acuerdo a las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 58/61 y su agregado Nº 59/61 y 2.200/7374, éste último del Ministerio de Gobierno de la Provincia, por esos conceptos que en las citadas actuaciones se mencionan, y que forman parte integrante de esta Ordenanza.-n nArt. 2º.- La cancelación del mencionado crédito que no devengará intereses se hará en un plazo de TREINTA 30 meses a contar del 15 de mayo de 1962, mediante DIEZ 10 pagos trimestrales iguales debiendo coincidir el primer pago con la fecha de iniciación del plazo. Art. 3º.- Autorízase al D.E. a librar a la orden de la Compañía de Electricidad del Sud Argentina S.A. DIEZ 10 pagarés, cada uno por el monto de una cuota a pagar, los que serán devueltos por la Empresa al cancelar cada cuota. Art. 4º.- Una vez promulgada por el D.E. esta Ordenanza y notificada a la Compañía del Sud Argentina S.A., ésta de común acuerdo con el apoderado de la Municipalidad desistirá ante la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires de las demandas contencioso administrativa causa B Nº 43624 y causa B Nº 43641, estableciéndose que las costas de ambos juicios serán soportadas en el orden causado. Art. 5º.- Autorízase al D.E. a prever en los Presupuestos de los años correspondientes, las sumas necesarias para el cumplimiento de las obligaciones que ésta Ordenanza demanda. Art. 6º.- Comuníquese al D. E., a sus efectos.-n