68,1921,1921-10-25,1921-10-25,ART. 1°.- Ampliase el art. 4 de la Ordenanza de fecha 26 de Agosto de 1921, que reglamente funcionamiento de la Biblioteca Publica Municipal, en la siguiente forma: La Comisión Administradora designara de su seno un Vice-Presidente y un Tesorero. ART. 2°.- Agréguense al segundo punto del Art. 14, la siguiente disposición; el Bibliotecario encargado actuara como secretario de la Comisión, con voz y sin voto. ART. 3°.- Comuníquese al D.E. para su cumplimiento. n