DIGESTO

Expediente N°6665

Ordenanza: 6665
Año: 2017
Fecha de Sanción: 23-11-2017
Fecha de Promulgación: 23-11-2017

Convenio Marco de Colaboración Ministerio del Interior Obras Públicas y Vivienda de la Nación y Municipalidad de Campana.

VISTO:

El Decreto–Ley Nº 6.769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); el Convenio Marco de Colaboración suscripto el día 13 de septiembre de 2017, entre el Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación, a través de la Dirección Nacional de Relaciones con la Comunidad y la Municipalidad de Campana; y el expediente Nº 4016-41.891/2017; y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 2/18 luce copia de Actividades 2017 de la Dirección Nacional de Relaciones con la Comunidad, Secretaría de Asuntos Políticos e Institucionales del Ministerio del Interior, Obras públicas y Vivienda de la Nación;

Que a fs. 25/26 luce copia del Convenio de referencia;

Que el objeto del mismo es promover la colaboración académica y asistencia técnica entre dicha Dirección Nacional y el Municipio, en todas aquellas actividades que hagan al mejor cumplimiento de los fines y objetivos de los signatarios y que permitan promover la participación de la comunidad, el desarrollo de políticas públicas participativas y la articulación del Estado con la sociedad civil e incentivar el fortalecimiento de las organizaciones de la sociedad civil como protagonistas de la gobernabilidad democrática y la calidad institucional;

Que asimismo ambas partes trabajarán en conjunto a fin de lograr el mayor grado de eficiencia en los objetivos propuestos para que los ciudadanos e integrantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil conozcan, mejoren e incrementen sus conocimientos para un mejor desenvolvimiento social en el marco de la democracia participativa;

Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 41 del Decreto–Ley Nº 6.769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar consorcios, cooperativas, convenios y acogimientos a las Leyes provinciales o nacionales;

  • Que toda vez que el Intendente Municipal del Partido de Campana no tiene facultades para suscribir convenios, tácitamente el convenio fue suscripto “Ad Referendum” de su convalidación por parte del Honorable Concejo Deliberante; y

Que de acuerdo a lo actuado a fs. 31/32 por la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Administrativos, la Jefatura de Gabinete y la Dirección de Técnica Normativa y Legislativa no existen objeciones que formular respecto al Proyecto de Ordenanza obrante a fs. 27/29;

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:

 

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º.- Convalídase en todas sus partes el Convenio Marco de Colaboración, suscripto el día 13 de septiembre de 2017, entre el Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación a través de la Dirección Nacional de Relaciones con la Comunidad y la Municipalidad de Campana, el cual tiene por objeto promover la colaboración académica y asistencia técnica entre dicha Dirección Nacional y el Municipio, en todas aquellas actividades que hagan al mejor cumplimiento de los fines y objetivos de los signatarios y que permitan promover la participación de la comunidad, el desarrollo de políticas públicas participativas y la articulación del Estado con la sociedad civil e incentivar el fortalecimiento de las organizaciones de la sociedad civil como protagonistas de la gobernabilidad democrática y la calidad institucional, cuya copia luce a fs. 25/26 del expediente N° 4016-41.891/2017.-

ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 23 días del mes de noviembre de 2017.-

CRISTINA G. DEL MARMOL                                            SERGIO D. ROSES

               SECRETARIA                                                              PRESIDENTE

Honorable Concejo Deliberante                                  Honorable Concejo Deliberante

 

Campana, 23 de noviembre de  2017

Promulgada  por Decreto  Nº 1223  del día  de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.

      Dr.  ABEL SANCHEZ NEGRETE                                         SEBASTIAN ABELLA                        

               Secretario Técnico,                                                  Intendente Municipal

              Administrativo y Legal

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