Ordenanza: 6648
Año: 2017
Fecha de Sanción: 21-09-2017
Fecha de Promulgación: 27-09-201
Convenio Cooperativa de Electricidad y Servicios Anexos Limitada de Zárate
Nº 4016-4473-2013; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 9 luce copia del Contrato de Concesión de Distribución Municipal suscripto el día 25 de junio del año 2002, entre la Municipalidad de Campana y la Cooperativa de Provisión de Servicios Públicos para Productores Forestales Limitada;
Que el artículo 48 del mencionado convenio establece que los derechos y obligaciones de la Concesionaria emergentes del mismo no podrán ser cedidos a ningún tercero sin el consentimiento previo a la Municipalidad;
Que a fs. 149/152 luce copia de la Resolución Nº 397/12 del Ministerio de Infraestructura y Servicios de la Provincia de Buenos Aires, mediante la cual se suspendió el vencimiento del primer período de gestión de los Contratos de concesiones municipales de distribución de electricidad;
Que a fs. 153/156 consta copia de la Resolución Nº 419/17 del Ministerio de Infraestructura y Servicios de la Provincia de Buenos Aires, mediante cuyo artículo 41 se dispuso prorrogar por cinco años el vencimiento del primer período de gestión de dichos contratos;
Que a fs. 1/3 constan manifestaciones de la Concesionaria expresando su dificultad para prestar el servicio;
Que a fs. 8 se agregó documentación suministrada por las Cooperativas;
Que habiendo firmado la Cooperativa concesionaria Contrato de Cesión a favor de la Cooperativa de Electricidad y Servicios Anexos Limitada de Zárate, y siendo el Municipio parte en el contrato original, para la validez del mismo resulta necesario el consentimiento de la Municipalidad, tal como se previó en el artículo 48 del Contrato de Concesión y cláusula tercera del Contrato de Cesión;
Que ante tal situación y dada la necesidad de garantizar el servicio eléctrico a los vecinos y productores de las islas de Campana, resulta procedente la intervención del Departamento Deliberativo a fin de autorizar al Departamento Ejecutivo a prestar conformidad y consentimiento al contrato de cesión y facultarlo a suscribir la documentación que resulte necesaria para su implementación;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a prestar conformidad al Contrato de Cesión de Derechos y Obligaciones de Contrato de Concesión Municipal de Servicio Público suscripto en el mes de agosto del corriente año, entre la Cooperativa de Provisión de Servicios Públicos para Productores Forestales Limitada y la Cooperativa de Electricidad y Servicios Anexos Limitada de Zárate, en virtud a lo establecido en el artículo 48 del Contrato de Concesión de Distribución Municipal suscripto el día 25 de junio del 2002 entre la Cooperativa mencionada en primer término y la Municipalidad de Campana.-
ARTÍCULO 2º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar todas las tramitaciones necesarias para la efectiva implementación del mencionado Convenio.-
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 21 días del mes de septiembre de 2017.-
CRISTINA G. DEL MARMOL SERGIO D. ROSES
SECRETARIA PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Campana, 27 de septiembre de 2017
Promulgada por Decreto Nº 1002 del día de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETE SEBASTIAN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal
REGISTRADA BAJO N° 6648