Ordenanza: 6472
Año: 2016
Fecha de Sanción: 28-04-2016
Fecha de Promulgación: 19-05-2016
Modificando texto de los artículos 1º y 2º de la Ordenanza Nº 5855/12 referente al sentido de circulación de distintos tramos de la calle Balcarce e incorporando el artículo 1º BIS.-
VISTO:
La Ordenanza Nº 5855/2012; y
CONSIDERANDO:
Que en el tramo comprendido entre Avda. Mitre y Avda. Ameghino es de único sentido de circulación de Norte a Sur;
Que cuando los conductores que circulan en sentido de Sur a Norte desde Sívori llegando a la Avda. Ameghino, encuentran que cambia el sentido de Balcarce, siendo de una sola mano, por lo tanto se hace contramano;
Que lo más común de la gran mayoría de los conductores es retomar Avda. Ameghino a su derecha para luego girar a la izquierda en Las Heras para continuar circulando con sentido de Sur a Norte;
Que lo más práctico y conveniente sería que el sentido de doble mano de circulación, llegase hasta la calle Jacob;
Que en el artículo 2º de la mencionada Ordenanza, mantiene el doble sentido de circulación desde Avda. Ameghino hasta Bvard. Calixto Dellepiane, cuando debería ser hasta Sívori, ya que desde el Bvard., desciende en sentido contrario todo el tránsito de Ruta Nº 6;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A :
ARTICULO 1º.- Modifícanse los textos de los artículos 1º y 2º de la Ordenanza Nº – – – – – – – – – – – – 5855/2012, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera:
“
“ “ “ “ “ |
ARTÍCULO 1º.- Establécese mano único y obligatoria en sentido de circulación – – – – – – – – – – – – Norte a Sur, a la calle Balcarce, en el tramo comprendido entre la Avda. Gral. B. Mitre y la calle L. P. Jacob.-
ARTICULO 2º.- Mantiénese el doble sentido de circulación de la calle – – – – – – – – – – – – Balcarce, en los tramos comprendidos entre las calles Jacob y Sívori, y Avda. Gral. B. Mitre y Luis Costa.-”.- |
ARTICULO 2º.- Incorpórase a la Ordenanza Nº 5855/2012, el artículo 2º BIS, el – – – – – – – – – – – – que quedará redactado de la siguiente manera:
“
“ “ |
ARTICULO 2º BIS.- Declárase de mano única y obligatoria en sentido de – – – – – – – – – – – – – – – – circulación de Sur a Norte, a la calle Balcarce, en el tramo comprendido entre el Bvard. Calixto B. Dellepiane y la calle E. Sívori.-”.- |
ARTÍCULO 3º.- Procédase a instalar la señalética y cartelería correspondiente, por – – – – – – – – – – – – intermedio de la dependencia técnica municipal con incumbencia en la temática.-
ARTICULO 4º.- La presente Ordenanza regirá a partir del cumplimiento del – – – – – – – – – – – – artículo anterior.-
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 28 días del mes de abril de 2016.-
CRISTINA G. DEL MARMOL SERGIO D. ROSES
SECRETARIA PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
AUTOR: CONCEJAL NOEMÍ PEREZ
Campana, 19 de mayo de 2016
Promulgada por Decreto Nº 0606 del día de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETE SEBASTIAN ABELLA
Secretario de Gobierno y Intendente Municipal
Gestión Pública