DIGESTO

Expediente N°6354

Ordenanza: 6354
Año: 2015
Fecha de Sanción: 13-08-2015
Fecha de Promulgación: 31-08-2015

Incluyendo Adenda al Contrato suscripto el 11-04-15 con el Club Náutico Norte.

VISTO:

El expediente N° 4016-4773/2003; y

CONSIDERANDO:

Que en el mismo a fs. 110/112 luce copia de la Ordenanza Nº 6232, promulgada por Decreto Nº 1694 de fecha 18 de septiembre de 2014, por la cual, en su artículo 2º, se autoriza al Departamento Ejecutivo a suscribir un Contrato de Comodato, por el cual el Municipio cede al Club Náutico Norte por el término de ciento veinte meses a partir de la suscripción del Contrato, el predio identificado catastralmente como: Circunscripción IV, Sección A, Fracción I, Parcelas 31, 32 y 33;

Que a fs. 113 consta copia del Contrato de Comodato aludido precedentemente suscripto por las partes intervinientes;

Que a fs. 114 los señores comodoro y secretario del citado Club peticionan la incorporación del lote Nº 30, constando a fs. 96 vlta., que el inmueble en cuestión es de dominio municipal, con la finalidad de contribuir al crecimiento de la institución, así como brindar un fin social; comprometiéndose en un plazo de cinco años a: colocar el alambrado perimetral, desmalezar y parquizar el predio, brindar un amarre a la lancha escolar que lleva a los chicos por Canal Alem a la Escuela Nº 28 y por Canal Yrigoyen a la Escuela Nº 25, ambas de sección islas, así como posibilitar el amarre de cortesía para desembarcar y embarcar  a las personas de las Asociaciones Isleñas, previo registro de las mismas con una credencial otorgada por el Club Náutico Norte, lugar para estacionamiento dentro del predio y construcción de dos baños;

Que en los cinco años siguientes se tiene proyectado la construcción del puente sobre el arroyo para unir esos terrenos con el Club, esto es una obra de gran importancia y requiere de mucha inversión, tarea visionaria y ardua para el Club que al tratarse de una entidad sin fines de lucro, en virtud de ello se requerirá de la colaboración y asistencia de diversas empresas;

Que en virtud de lo normado en el artículo 41 del Decreto–Ley Nº  6.769/58 (Ley Orgánica de Municipalidades) (t.v.), corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar consorcios, cooperativas, convenios y acogimientos a las leyes provinciales o nacionales; y

Que a fs. 118 vlta., la Dirección General de Asuntos Legales  informa que no posee objeciones de carácter legal que formular respecto al proyecto de Ordenanza adjunto a  fs. 116/117;

POR ELLO:

 

                              EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°.- Autorízase al Departamento Ejecutivo, en lo atinente al Contrato de            – – – – – – – – – – – –                              Comodato suscripto el 11 de abril del año 2015 entre la Municipalidad de Campana y el Club Náutico Norte, cuya copia obra a fs. 113 del expediente municipal Nº 4016-4773/2003, referente a la ocupación por parte de la citada Institución de las Parcelas nomencladas catastralmente como: Circunscripción IV – Sección A, Fracción I – Parcelas Nº 31, 32 y 33, a incluir una adenda dejando constancia de incorporar a la cesión en comodato, contenida en el artículo 1º,  la Parcela Nº 30, en idénticas condiciones a las pautadas en el documento citado precedentemente,  excepto el lapso de tiempo, dado que el vencimiento se producirá en forma automática en la misma fecha que la pautada para las parcelas Nº 31/33.-

ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 13 días del mes de agosto de 2015.-

CRISTINA G. DEL MARMOL                                      ALEJANDRO F. SÁNCHEZ                                 

            SECRETARIA                                                            VICEPRESIDENTE 1º                                                                          

Honorable Concejo Deliberante                                   Honorable Concejo Deliberante

Campana, 31 de agosto de  2015

Promulgada  por Decreto  Nº 1684  del día  de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.

     Dr.  Pedro Alcides ORQUIGUIL                                             Stella Maris Giroldi

       Secretario de Gobierno                                                         Intendente Municipal

             y Gestión Pública

REGISTRADA BAJO N° 6354