DIGESTO

Expediente N°630

630,1960,1960-11-25,1960-11-28,ARTICULO 1º: Intimase a quienes se consideren con derechos sobre las dos primeras bóvedas existentes a mano derecha de la entrada principal lado oeste de la calle central del Cementerio Municipal, para que dentro del plazo de veinte 20 días de promulgada la presente, exhiban la documentación que acrediten aquellos, a la autoridad municipal. ARTICULO 2º: Transcurrido el plazo que se menciona en el articulo anterior a que se haya exhibido una documentación suficiente para acreditar la propiedad de dichas bóvedas, la municipalidad procederá a la desocupación de las mismas, depositando transitoriamente en nichos municipales los restos que existieren en las bóvedas involucradas en el articulo anterior. ARTICULO 3 º : En caso de comparecer personas interesadas, pretendiendo derechos sobre dichas fracciones, con la mención de la documentación correspondiente se elevaran los antecedentes a dictamen de la representación entrada principal – y en su caso – a consideración del Honorable Concejo Deliberante. ARTICULO 4 º : Simultáneamente con su promulgación y a los efectos de su mayor conocimiento por la población y los posibles interesados, esta Ordenanza se publicara por tres veces en cada uno de los periódicos locales que habitualmente insertan las Ordenanzas de esta Municipalidad. ARTICULO 5 º : Comuníquese al D. E. a sus efectos.n