DIGESTO

Expediente N°628

628,1960,0960-11-11,1960-11-14,ARTÍCULO 1º: Ampliase el artículo de la Ordenanza N° 564/60 con el siguiente párrafo:nnt“Los propietarios de inmuebles ubicados hasta los CINCUENTA 50 nt“metros de bocacalles pavimentadas con anterioridad al actual plannt“de Trabajo que acrediten el pago de la misma, tendrán una bonificaciónnt“del 12% DOCE POR CIENTO, sobre el importe de la liquidaciónnt“respectiva”. ARTÍCULO 2°: Comuníquese al D.E a sus efectos.-n