Ordenanza: 6160
Año: 2014
Fecha de Sanción: 24-04-2014
Fecha de Promulgación: 29-04-2014
Condonación de Deuda Broggi
ARTICULO 1º.- Condónase la deuda correspondiente a los años 2009, 2010, 2011, 2012 y 2013, que mantiene el Señor Antonio Alfonso BROGGI D.N.I. N° 4.454.867, respecto del pago de la Tasa por Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y con relación al inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción 2, Sección E, Manzana 88, Parcela 6, Contribuyente N° 147480/0, ubicado en la calle Amadeo Sabattini N° 188, de esta Ciudad, con relación al otorgamiento del beneficio de la exención de pago de la precitada tasa a las personas que padezcan discapacidad, en virtud de lo dispuesto en la Ordenanza Nº 5896/2012 modificada por la Ordenanza Nº 6082/2013.
ARTICULO 2º.- El beneficio que se concede en el artículo anterior, comprende únicamente a las cuotas impagas de la tasa mencionada en el mismo y solamente en los períodos enunciados.
ARTICULO 3º.- El Departamento Ejecutivo efectuará en el respectivo registro el asiento derivado de la medida dispuesta en los artículos anteriores.
ARTICULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n