585,1960,1960-06-10,1960-06-13,Art. 1º.- Declárase a la Municipalidad de Campana, acogida al régimen establecido por Ley Provincial Nº 6199 y su Decreto Reglamentario y dispónese la creación del “Fondo permanente de Pavimentación Municipal” con sujeción a las disposiciones contenidas en los mencionados instrumentos legales.-n nArt. 2º.- El D.E. reglamentará, dentro de los treinta días del otorgamiento de los fondos por parte del P.E. Provincial, el funcionamiento y cotización del Fondo Permanente de Pavimentación Municipal.-n nArt. 3º.- Comuníquese al D. E. a sus efectos.nn