412,1955,1955-05-20,1955-05-23,Art. 1º.- Acuérdase a todo el personal municipal, una subvención por una sola vez de SEISCIENTOS PESOS MONEDA NACIONAL $ 600.- m/n.-n nArt. 2º.- Dicha subvención se hará efectiva a todo el personal que preste servicios en la actualidad, y los que hayan ingresado después del 1º de julio de 1954, percibirán la parte proporcional a los meses trabajados, la que se obtendrá dividiendo $ 600.- por seis julio a diciembre y multiplicándolo con los meses trabajados. Art. 3º.- La suma de CINCUENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS PESOS M/M $ 59.600.- m/n, necesaria para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1º de la presente Ordenanza, será tomada del Superávit del Ejercicio 1954, con imputación a la presente Ordenanza.-n nArt. 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n