354,1954,1954-05-28,1954-05-31,ART. 1º: Acuérdase a la Cooperadora de la Escuela N° 16, por una sola vez, un subsidio de UN MIL PESOS m/n $ 1.000.-m/n., para la construcción de una galería en dicha Escuela.- nnART. 2°: La suma de UN MIL PESOS m/n, necesaria para dar cumplimiento a los dispuesto en el artículo anterior, se tomara del Superávit del Ejercicio año 1953, con la imputación a la presente Ordenanza. ART. 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n