339,1954,1954-04-12,1954-04-13,ART. 1º: Acuérdase ala Sala Municipal de Primeros Auxilios, una subvención por una sola vez, de DIEZ Y OCHO MIL PESOS MONEDA NACIONAL $ 18.000m/n.- para cubrir el déficit del Ejercicio año 1953. ART. 2°: La suma de Diez y Ocho mil pesos a que hace referencia el artículo anterior se tomara del Superávit del ejercicio 1953, con imputación a la presente Ordenanza. ART. 3°: Comuníquese al D.E. a sus efectos.