DIGESTO

Expediente N°337

337,1954,1954-04-04,1954-04-06,ART. 1º: Acuérdase al Club de Madres de la localidad, una subvención por una sola vez, de DIEZ MIL PESOS MONEDA NACIONAL $ 10.000m/n.- para el pago de los haberes adeudados a personal que presta servicios en el Centro Menor de Higiene Materno – Infantil. ART. 2°: La suma de Diez mil pesos a que hace referencia el artículo anterior se tomara del Superávit del ejercicio 1953, con imputación a la presente Ordenanza. ART. 3°: Comuníquese al D.E. a sus efectos.-n