336,1954,1954-04-01,1953-04-06,ART. 1º: Autorizase al SINDICATO DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR – CAMPANA, a realizar el desmonte que solicita de la calle 9 de Julio, en su prolongación hasta L.N. Alem, en el tramo comprendido desde Viamonte hasta Yrigoyen, trabajos que correrían por cuenta de ese Sindicato. ART. 2°: Exímase al Sindicato del Transporte Automotor del cumplimiento de los dispuesto en el art. 3 del Decreto N° 650/49 sobre deposito de garantía. ART. 3°: El Departamento de Obras Publicas verificara los trabajos autorizados, debiendo el Sindicato acatar cualquier indicación respecto a la rasante autorizada, que este Departamento le indicara. ART. 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n