317,1953,1953-08-28,1953-08-31,Art. 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a abonar al señor Silvio Caimmi, propietario de la Farmacia “CAIMMI”, la cantidad de Dos Mil Veintiséis Pesos con 20/100 Moneda Nacional $ 2.026.20 m/n por recetas médicas suministradas durante los años 1950, 1951 y 1952.nnArt. 2º.- Los fondos necesarios para el pago de la suma a que hace referencia el artículo anterior, se tomarán del Superávit del Ejercicio 1952, con imputación a la presente Ordenanza.n nArt. 3º.- Comuníquese al D.E. a sus efectos.-n