298,1953,1953-06-12,1953-06-17,Art. 1º.- Acuérdase a la Cooperadora de la Escuela Nº 2 de la Sección Islas, una subvención por una sola vez de DOS MIL PESOS MONEDA NACIONAL $ 2000 m/n, para la construcción de un muelle frente al edificio de la Escuela.n nArt. 2º.- La suma a que hace referencia el artículo anterior, será tomada de la Partida, Capítulo II, inciso 4, Item 1, “Construcción y Ampliación Obras y Edificios Públicos”, del Presupuesto General de Gastos vigente, con imputación a la presente Ordenanza.nnArt. 3º.- Comuníquese al D. E., a sus efectos.