2611,1990,1990-11-01,1990-11-07,ARTICULO 1º.- Convalidase en todas sus partes el Convenio celebrado entre la Municipalidad de Campana, representada por el Señor Intendente Municipal, D. Calixto Bartolomé DELLEPIANE, por una parte, el tribunal de Menores del Departamento Judicial Zarate-Campana, representado por el Sr. Juez Dr. Dario PORTA, por otra parte y el Centro Regional Campana de la Universidad Nacional de Lujan, representado por su Coordinador, Sr. Alberto Pablo GARRIDO, por otra parte, a los 20 días del mes de marzo de 1990, cuya fotocopia obra a fs. 14 del expediente 4016-16.735/90, en el que se conviene desarrollar en forma conjunta el Programa “TUTELAMOS TUS DERECHOS: EDUCACION PRIMARIA OBLIGATORIA. ARTICULO 2º.- Los fondos necesarios para dar cumplimiento a la obligación contraida en la Cláusula Cuarta del Convenio que se ratifica en el artículo anterior se tomaran de la Partida 1.1.2.6. “Gastos por Servicios Públicos”, del Item I, Finalidad V, Capitulo II – Departamento Ejecutivo, del Presupuesto General de Gastos para el año 1990. ARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n