DIGESTO

Expediente N°240

240,1952,1952-02-07,1952-02-12,ARTICULO 1º: Concédese con carácter extraordinario y por esta sola vez, una bonificación a todo el personal sin distinciones que se desempeñe en la comuna a la promulgación de la presente Ordenanza equivalente a la doceava parte de lo percibido durante el Ejercicio 1951. ARTICULO 2º. Los fondos de CINCUENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE PESOS CON 92/100 MONEDA NACIONAL $ 55.677,92 M/N incluido el 125 aporte patronal para cubrir el presente gasto será tomado del superávit del Ejercicio de 1951, con imputación a la presente Ordenanza. ARTICULO 3º. Comuníquese al D.E. a sus efectos.-n