105,1949,1949-07-07,1949-07-14,ARTICULO 1º. Dónase al Hospital local las dos camas turcas, 1 colchón, 2 sábanas, 2 almohadas y 1 funda para almohada, que se hallan en el edificio nuevo de la Municipalidad, que pertenecen a la Comuna, con cargo de servir a los fines específicos de la institución beneficiaria. ARTICULO 2º. El Señor Tesorero Contador procederá a efectuar los descargos respectivos con imputación a la presente ordenanza. ARTICULO 3º: El Señor Intendente Municipal queda autorizado para proceder a la entrega y demás detalles de la operación. ARTICULO 4º. Comuníquese al D.E. a sus efectos.