Categorías
Legislacion General

1545

1545,1980,1980-12-31,1980-12-31,Artículo 1º: Disminúyase la deuda existente con el Instituto de Seguridad Social de la Provincia de Buenos Aires, por pago de primas de automotores de este Municipio, año 1979 en la suma de PESOS UN MILLÓN OCHOCIENTOS CUARENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE $ 1.841.879.-. Artículo 2º: Por Contaduría Municipal efectúense los asientos contables necesarios. Artículo 3º: Cúmplase. Regístrese y Publíquese.- n

Categorías
Legislacion General

1544

1544,1980,1980-12-31,1980-12-31,Artículo 1º:nCréase en el Presupuesto General de Gastos las siguientes partidas por un monto de n$ 18.662.742.-n…nArtículo 2º: Los fondos necesarios para dar cumplimiento al artículo se tomarán de las siguientes Partidas:n…nArtículo 3º: Suprímanse de la Dotación del Personal de la Dirección de Servicios Sanitarios, Finalidad III, Item II, del Presupuesto General de Gastos vigente, los siguientes cargos:nnObrero Clase IV con 44 horas de labor 2.nArtículo 4º: Créase en la Dotación de Personal de la Dirección de Servicios Sanitarios la Finalidad III, Item II, del Presupuesto General de Gastos vigente, los siguientes cargos:nnAdministrativo III con 44 horas de labor 1.nObrero IV con 30 horas de labor 1.nnArtículo 5º.- Cúmplase. Regístrese y Publíquese.-

Categorías
Legislacion General

1543

1543,1980,1980-12-31,1980-12-31,Artículo 1º:nCompénsanse las siguientes partidas del Presupuesto General de Gastos Vigente en la suma de n$ 2.280.575.000.-n…nnArtículo 2º: Los fondos necesarios para dar cumplimiento al artículo anterior se tomarán de las siguientes partidas:n…nnARTÍCULO 3º.- Cúmplase. Regístrese y Publíquese.- nn

Categorías
Legislacion General

1542

1542,1980,1980-12-23,1980-12-23,ARTÍCULO 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a aceptar la única propuesta presentada al Llamado a Licitación Privada dispuesto mediante Decreto Nº 2676 del 27 de noviembre del año en curso, para la adquisición de 1.200 medidores de agua corriente, a los efectos de la implantación del sistema medido en la Ciudad de Campana, según actuaciones obrantes en expediente Nº 4016-22806/80, de acuerdo a lo aconsejado por el Comité de Evaluaciones y Dictámenes mediante Acta Nº 67/80, obrante a fs. 21 de las mencionadas actuaciones.-n nARTÍCULO 2º.- Cúmplase. Regístrese y Publíquese.-

Categorías
Legislacion General

1541

1541,1980,1980-12-18,1980-12-18,ARTICULO 1º: Sustitúyese el artículo 8º del Reglamento del Hogar de Ancianos dependiente de la Dirección de Salud de la Secretaría de Bienestar Social aprobado por Ordenanza Nº 1478/80 que como Anexo I se declara parte integrante de la misma por el siguiente: nt“ ARTICULO 8º.- En caso que el internado perciba alguna renta, jubilación o pensión, cualquiera sea su origen deberá abonar un arancel obligatorio igual al 65%, pudiendo voluntariamente contribuir con un porcentaje mayor. Estas contribuciones ingresarán a la Intendencia a una cuenta especial que se denominará “Mantenimiento y Funcionamiento del Hogar de Ancianos””.- nnARTICULO 2º: La presente Ordenanza entrará en vigencia a contar del 1º de Enero de 1981. ARTICULO 3º: Cúmplase. Regístrese y Publíquese.-,2000-09-21;

Categorías
Legislacion General

1540

1540,1980,1980-12-18,1980-12-18,ARTICULO 1º: Sustitúyese el texto del artículo 3º de la Ordenanza Nº 1448/79, por el siguiente:nn“ARTICULO 3º: Durante la vigencia del respectivo permiso precario de explotación, los permisionarios deberán abonar un canon de TRESCIENTOS MIL PESOS $ 300.000.- mensuales, durante los seis 6 primeros meses. Dicha suma será reajustado semestralmente, mediante el índice de actualización que fije el Superior Gobierno Provincial para las deuda por créditos fiscales.nDicho importe será abonado por el permisionario trimestralmente, haciendo efectiva la primer cuota dentro de los diez 10 días corridos de notificado el Decreto de adjudicación del permiso, y cada una de las cuotas subsiguientes dentro de los diez 10 primeros días, contados corridos, del primer mes del trimestre que se indica”.nnARTICULO 2º: La presente Ordenanza tendrá vigencia a partir de la fecha de su sanción. ARTICULO 3º: Cúmplase, Regístrase y Publíquese.

Categorías
Legislacion General

1539

1539,1980,1980-12-15,1980-12-15,ARTICULO 1º: Autorízase a la Empresa Transporte Automotores Ciudad de Campana S.R.L. a aplicar las tarifas que a continuación se detallan, conforme el incremento acordado en el ámbito provincial por Decreto Nº 2324 de fecha 25 de Noviembre de 1980.-n…nARTICULO 2º: Por Dirección de Gobierno notifíquese a la Empresa peticionante con copia de la presente Ordenanza.-nARTICULO 3º: Cúmplase, Regístrase y Publíquese. n

Categorías
Legislacion General

1538

1538,1980,1980-12-12,1980-12-12,ARTÍCULO 1º.- Autorízase a la firma “RIERA HNOS.”, por hallarse comprendida dentro de los términos del artículo 3º de la Ordenanza de fecha 18 de julio de 1979, a iniciar las tramitaciones municipales correspondientes, ante esa Comuna, para la ejecución del proyecto relacionado con la instalación de un establecimiento industrial en jurisdicción de ese Partido. ARTÍCULO 2º.- Las principales características del proyecto, cuya tramitación se autoriza a iniciar por el artículo anterior, serán las siguientes:nn1Ubicación: Calles Sívori e Iriart, Moreno y Dorrego – Circunscripción I – Quinta 15 – Sección F – Parcelas 4 y 7, Partido de Campana.n2Actividad a desarrollar: Manufactura del corcho: corchos, aglomerados, pisos, revestimientos, juntas, etc..n3Capacidad de producción: 40.000 ruedas mensuales.n4Superficie a ocupar: nTotal: 5.124,76 m²nCubierta: 300,00 m²nLibre: 4.464,76 m²n5Potencia máxima a instalar: 100 Hp.n6Límite máximo de personal a ocupar: 20 personas. nnnARTÍCULO 3º.- Cúmplase. Regístrese y Publíquese.- nntttt

Categorías
Legislacion General

1537

1537,1980,1980-12-11,1980-12-11,ARTICULO 1º: Fíjase para el Servicio de Automóviles de Alquiler con Taxímetro del Partido de Campana, las tarifas que a continuación se señalan:n…nARTICULO 2º: Las tarifas establecidas en el artículo anterior regirán a partir de la cero hora del día 12 de Diciembre de 1980, siempre y cuando los propietarios de taxímetros hubieran dado cumplimiento a lo exigido en los arts. 2º in fine y 18º de la Ordenanza Nº 1376/78. ARTICULO 3º: Derógase en todos sus términos la Ordenanza registrada bajo el número 1510 del 29 de julio de 1980. ARTICULO 4º: Cúmplase, Regístrese y Publíquese.-

Categorías
Legislacion General

1535

1535,1980,1980-12-01,1980-12-01,ARTICULO 1º: Acéptase la donación efectuada mediante expediente Nro. 4016-19692/80, por la Sociedad de Fomento del Centro Municipal Delta Campana C.E.M.D.E.C. de un grupo electrógeno SENK-5 HP 6KW Nro. 600 –A- 7/15 Motor Villa Modelo 600-1 Nro. 01298. ARTICULO 2º: Por el Departamento Patrimonio y Seguros Municipal, se procederá a registrar el bien donado, a que se refiere el artículo anterior, en el patrimonio de esta Comuna. ARTICULO 3º: Por Dirección de Gobierno, se procederá a cursar nota de agradecimiento a la Entidad donante. ARTICULO 4º : Cúmplase, Regístrase y Publíquese.