VISTO:
El Decreto – Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); y el Expediente Municipal N° 4016-628-1993; y
CONSIDERANDO:
Que mediante nota de fecha 18 de octubre de 2022, cuya copia luce a fs. 2 del expediente de referencia, el “CLUB PORTEÑO” solicita exención de pago de la Tasa por Servicios Generales – Cuenta Nº 114692-0 respecto del período Fiscal 2022.
Que a fs. 11 la Dirección General de Administración Tributaria, dependiente de la Secretaría de Ingresos Públicos manifiesta que, efectuado el análisis del expediente de referencia no existen objeciones sobre el pedido realizado por el contribuyente, según lo establecido en la Ordenanza Vigente en su momento, adjunta listado de deuda e informa que no posee Título Ejecutivo.
POR ELLO:
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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º.– Condónase la deuda correspondiente al período Fiscal 2022, al “CLUB ATLETICO PORTEÑO” con domicilio en la calle Coletta Nº 537 de esta Ciudad, de la Tasa por Servicios Generales, Cuenta Nº 114692-0.-
ARTÍCULO 2º.- El beneficio que se concede en el artículo anterior, comprende únicamente a las cuotas impagas de la Tasa mencionada en el mismo y solamente en el período mencionado.-
ARTÍCULO 3°. – El Departamento Ejecutivo efectuará en el respectivo registro el asiento derivado de la medida dispuesta en el artículo primero.-
ARTÍCULO 4°. – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 4 días del mes de mayo de 2023.-
CRISTINA G. DEL MARMOL JULIA KARINA SALA
SECRETARIA Vicepresidenta 1°
Honorable Concejo Deliberante HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
REGISTRADA BAJO EL N° 7505
Campana, 10 de mayo de 2023.-
Promulgada por DECTO-2023-376-E-MUNICAM-INT, del 10 de mayo de 2023.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dra. Lucia del Carmen Schirripa SEBASTIAN ABELLA
Secretaria Interina Intendente Municipal
de la Secretaria Técnica,
Administrativa y Legal