Ordenanza N°

7317

VISTO:

                               El Decreto – Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); la Ordenanza Fiscal N° 7301; la Ordenanza Impositiva N° 7302; y el expediente Municipal Nº 4016-22.864/2022; y

CONSIDERANDO:

                               Que, la Secretaría de Ingresos Públicos a través de la Dirección Legal y Despacho, ha detectado que, si bien los ex soldados conscriptos combatientes y civiles de las Fuerzas Armadas y Seguridad que hayan participado de las acciones bélicas desarrolladas entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982, en el denominado Teatro de Operaciones Malvinas (T.O.M.) y aquellos que hubieren entrado efectivamente en combate bajo fuego enemigo en el área del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (T.O.A.S.) por la recuperación del ejercicio pleno de la soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur; se encuentran alcanzados por la eximición de Patente de Rodados en los términos de la actual Ordenanza Fiscal N° 7301, la cual en su artículo 162 remite al mencionado artículo 243 del Código Fiscal, muchos de los beneficiarios no solicitan el mismo en tiempo y forma por distintas razones.

                               Que, ello genera presentaciones extemporáneas e individuales, las cuales deben recorrer el circuito administrativo hasta lograr la aprobación de proyectos de ordenanzas individuales, con las demoras del caso.

                               Que, ante ello, aparece oportuno disponer la condonación del mencionado tributo municipal – Patente de Rodados-, para los períodos fiscales 2016 al 2021, aun cuando los mismos se encuentren judicializados, autorizándose para este último supuesto al Departamento Ejecutivo Municipal a desistir del proceso judicial iniciado.

                               Que, en virtud de lo propuesto, y siendo un criterio seguido por esta administración acompañar dentro de sus facultades y competencias a nuestros “Héroes de Malvinas”, aparece oportuno conceder la condonación total del pago de Patente por Rodados con efecto retroactivo al periodo fiscal 2016.

POR ELLO:

                               EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:

O R D E N A N Z A:

ARTÍCULO 1º.-  Condónase del pago de Patente de Rodado respecto de los períodos fiscales 2016 al 2021, a los ex soldados conscriptos combatientes y civiles de las Fuerzas Armadas y Seguridad que hayan participado de las acciones bélicas desarrolladas entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982, en el denominado Teatro de Operaciones Malvinas (T.O.M.) y aquellos que hubieren entrado efectivamente en combate bajo fuego enemigo en el área del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (T.O.A.S.) por la recuperación del ejercicio pleno de la soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur; sobre una unidad de automotor, automóvil o camioneta de uso particular de cualquier marca, modelo y año siempre que acrediten la titularidad sobre el mismo y residencia en la Ciudad de Campana con antigüedad no inferior a diez (10) años contados a partir de la solicitud de exención. Debiéndose acreditar fehacientemente su condición de ex soldado conscripto combatiente de la Guerra del Atlántico Sur, según lo prescripto por las leyes vigentes en la materia, como también la unidad de flota aérea, marítima o terrestre en la que el civil o el soldado conscripto haya participado y para el cual prestaron colaboración.
Aquellos contribuyentes que hayan abonado el tributo no podrán solicitar la devolución de las sumas ni la creación de un crédito a su favor.

ARTÍCULO 2º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a desistir del proceso judicial que se hubiera iniciado con motivo de las deudas originadas por los conceptos mencionados en el Artículo 1° de la presente; asumiendo la Municipalidad de Campana los costos y costas generados.

ARTÍCULO 3º.-  Dispónese que el contribuyente que pretenda obtener los beneficios dispuestos en esta ordenanza deberá peticionar en forma expresa ante la Autoridad de Aplicación la concesión de la misma. A dichos efectos, queda autorizada la Secretaría de Ingresos Públicos de esta Municipalidad a reglamentar el procedimiento de constatación y acreditación de la calidad ex soldados conscriptos combatientes y civiles de las Fuerzas Armadas y Seguridad y de titularidad del vehículo.-

ARTICULO 4º.-  Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

                               Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 7 días del mes de abril de 2022.-

             CRISTINA DEL MARMOL                                                                   GONZALO BRUTTI

                     SECRETARIA                                                                                            Presidente

       Honorable Concejo Deliberante                                                         HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

REGISTRADA BAJO EL N° 7317

Campana, 19 de abril de 2022.-

                                               Promulgada por DECTO-2022-233-E-MUNICAM-INT, del 19 de abril de 2022.-

Cúmplase, Regístrese y Publíquese.

      Dra. Lucia del Carmen Schirripa                                                               SEBASTIAN ABELLA                       

                 Secretaria Interina                                                                              Intendente Municipal     

           de la Secretaria Técnica,

             Administrativa y Legal