VISTO:
El Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires) (t.v.); y el expediente municipal Nº 4016-18.812-0-2021; y
CONSIDERANDO:
Que en fecha 23 de marzo de 2021 se suscribió un Convenio entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Municipalidad de Campana, con el objeto de que el nombrado Ministerio otorgue al Municipio un subsidio institucional de PESOS CINCO MILLONES CUARENTA MIL ($ 5.040.000.-), a los fines de la implementación del programa “POTENCIAR TRABAJO”, que conlleva la ejecución de proyectos socio-productivos; socio-laborales y socio-comunitarios, en el ámbito de la Ciudad de Campana, y con la participación de los titulares incluidos en el nombrado programa.
Que a fs. 17/22 obra copia del nombrado convenio y a fs. 23/24 la Resolución Ministerial que lo aprueba.
Que el objeto del Programa “POTENCIAR TRABAJO” es contribuir al mejoramiento de la empleabilidad y la generación de nuevas propuestas productivas, a través de la terminalidad educativa, la formación laboral, la certificación de competencias, así como también la creación, promoción y fortalecimiento de unidades productivas gestionadas por personas físicas que se encuentren en situación de alta vulnerabilidad social y económica, con la finalidad de promover su inclusión social plena y mejoramiento progresivo de ingresos con vistas a alcanzar la autonomía económica.
Qué asimismo, se prevé la presentación de un plan de trabajo que se suscribirá como un acta complementaria a fin de llevar adelante la implementación, desarrollo y fortalecimiento de los proyectos.
Que la suscripción del mencionado Convenio está supeditada a la convalidación por parte del Honorable Concejo Deliberante, a los fines de dar cumplimiento a lo establecido por el artículo 41 del Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires) (t.v.).
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º.- Convalídase en todas sus partes el Convenio suscripto el día 23 de marzo de 2021, entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Municipalidad de Campana, cuya copia luce a fs. 17/22 del expediente Nº 4016-18.812/21.-
ARTÍCULO 2º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo, a suscribir las Actas Complementarias mencionadas en la CLÁUSULA SEGUNDA del Convenio obrante a fs. 17/22 del expediente Nº 4016-18.812/21.-
ARTICULO 3º.- Remítase copia de lo actuado en el artículo precedente al Honorable Concejo Deliberante.-
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 2 días del mes de septiembre de 2021.-
Cristina del Mármol MARINA A. CASARETTO
Secretaria PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
REGISTRADA BAJO EL N° 7228
Campana, 10 de septiembre de 2021.-
Promulgada por DECTO-2021-646-E-MUNICAM-INT, del 10 de septiembre de 2021.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE SEBASTIÁN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal