Ordenanza N°

7208

VISTO:

                              La Ley 14.449 y su Decreto N° 1062/13 que reglamenta entre otros, la incorporación de inmuebles al Programa Lotes con Servicios, la Ordenanza N° 6424; el Código de Ordenamiento Urbano Ambiental del Partido de Campana (t.v.); el expediente digital EX-2021-00000812- -MUNICAM- DGD#SMOD; y el expediente Nº 4016-19.196/21: y

CONSIDERANDO:

                              Que a fs. 182/183 luce el Proyecto de Convenio Consorcio Urbanístico, a suscribir entre el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Campana, representado por el Sr. Intendente Municipal, Don Sebastián Abella y las Sras. Lucía Rabinovich DNI 22.847.210, Lucía Moroni DNI 22.709.328, y el Señor Fernando Rabinovich DNI 24.171.650, todos representados por el Sr. Gastón Maluendez; el cual tiene por objeto la ejecución de un proyecto de urbanización a emplazarse en el inmueble sito en la Localidad de Campana, designado catastralmente como: Circunscripción III, Parcela 294a, Partida Inmobiliaria N° 4488, inscripto su dominio en la Matrícula N° 21440 (14) del Partido de Campana, con la finalidad de facilitar el acceso al suelo urbanizado de las familias de dicho partido, de acuerdo con una planificación racional y en un todo de conformidad con las políticas de desarrollo y crecimiento urbano establecidas por el Municipio.

Que el proyecto que tramitó bajo expediente digital EX-2021-00000812-MUNICAM-DGD#SMOD cuenta con la aprobación de las oficinas técnicas que comprende la Secretaría de Planeamiento, Obras e Ingeniería Urbana.

                              Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 41° del Decreto-Ley N° 6769/58  (Ley Orgánica de Municipalidades)  (t.v.),  corresponde  al  Honorable Concejo Deliberante autorizar consorcios, cooperativas, convenios y acogimientos a las leyes provinciales o nacionales.

POR ELLO:

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                              EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º.- Aféctase al Programa Lotes con Servicios el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción III, Parcela 294a, Partida Inmobiliaria N° 4488, inscripto su dominio en la Matrícula N° 21440 (14) del Partido de Campana.-

ARTICULO 2º.- Créase la Zona C – DUE/Rex7 correspondiente al emprendimiento denominado “Cardales Chico” cuya Factibilidad tramita por EX–2021–00000812–MUNICAM– DGD#SMOD, y la ficha Urbanística que como Anexo I forma parte integrante de esta Ordenanza.-

ARTICULO 3º.- Dispónese que la parcela de nomenclatura catastral: Circunscripción III, Parcela 294a mantendrá su zonificación Área Complementaria, Subárea de Desarrollo de Urbanizaciones Especiales (C-DUE) según Plano de Zonificación vigente, hasta tanto se obtenga el Decreto de Factibilidad Provincial correspondiente.-

ARTICULO 4º.- Establécese para el Área Complementaria, Subárea de Desarrollo de Urbanizaciones Especiales, Zona Residencial Extraurbana, Sector 7 (C–DUE/Rex7) los siguientes indicadores urbanísticos:

Densidad: 1 vivienda unifamiliar por parcela.

F.O.S.= 0.60;

F.O.T.= 1.20

Altura máxima= 9m

Retiro de frente= 3m

Retiro de fondo= Según formula (L-25)/2

Retiros laterales= 10% del ancho del lote (en ambos laterales)

Servicios mínimos exigidos: agua corriente, tratamiento efluentes cloacales, alumbrado público, energía eléctrica domiciliaria, pavimento, desagües pluviales.-

ARTICULO 5º.- Establécense  las  siguientes  dimensiones mínimas de parcela para la zona C-DUE/Rex7: Ancho = 10 m. superficie 250 m2. Asimismo, determínase el uso exclusivo para vivienda unifamiliar.-

ARTICULO 6°.-    Incorpórase el sector 7, correspondiente a la zonificación C-DUE al plano de zonificación del Partido de Campana, de acuerdo a lo señalado en el croquis que como Anexo II forma parte integrante de esta Ordenanza.-

ARTICULO 7º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir el Convenio Consorcio Urbanístico, cuya copia obra a fs. 182/183 del expediente Nº 4016-19.196-0-2021.-

ARTICULO 8º.- Requiérase oportunamente la intervención de la Subsecretaría de Hábitat de la Provincia de Buenos Aires o el Organismo que en el futuro lo reemplace a fin de que se incorpore al Programa Lotes con Servicios el plano de mensura y subdivisión a confeccionarse respecto del inmueble designado catastralmente como Circunscripción III, Parcela 294a, Partida Inmobiliaria N° 4488, inscripto su dominio en la Matrícula N° 21440 (14) del Partido de Campana.-

ARTICULO 9º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar las gestiones pertinentes para dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos precedentes.-

ARTÍCULO 10.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

                              Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 5 días del mes de agosto de 2021.-

         Cristina del Mármol                                                                        MARINA A. CASARETTO

                     Secretaria                                                                                         PRESIDENTE

       Honorable Concejo Deliberante                                                HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

REGISTRADA BAJO EL N° 7208

Campana, 10 de agosto de 2021.-

                                               Promulgada por DECTO-2021-538-E-MUNICAM-INT, del 10 de agosto de 2021.-

Cúmplase, Regístrese y Publíquese.

      Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE                                                         SEBASTIÁN ABELLA                       

                  Secretario Técnico,                                                                           Intendente  Municipal     

              Administrativo y Legal