Ordenanza N°

627

627,1960,1960-11-11,1960-11-14,ARTÍCULO 1º: Crease en el Presupuesto de Gastos Vigente, en el Capitulo II, Inciso 1, “Personal”, Item 3, la PARTIDA 6, “Para el pago al Personal de la Policía de Transito Municipal, del 20% de las multas percibidas desde enero a diciembre de 1960. ARTÍCULO 2°: La suma de DOCE MIL PESOS MONEDA NACIONAL $ 12.000. m/n.-, necesaria para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior, se tomara del SUPERAVIT del Ejercicio año 1959.-. ARTÍCULO 3°: Comuníquese al D.E a sus efectos.-n