Ordenanza N°

600

600,1960,1960-07-22,1960-07-25,ART. 1º: Exímense a los locales particulares ocupados por escuelas dependientes del Ministerio de Educación de la Provincia de Buenos Aires, del pago de los Derechos de Alumbrado, Limpieza, Barrido, Conservación de Calles y pavimentos, y Riego de la Ordenanza Impositiva vigente, por el año 1960. ART. 2°: Autorizase al D.E. a la devolución de las sumas que se hayan hecho efectivas por el mismo concepto correspondientes al año 1960. ART. 3°: Comuníquese al D.E a sus efectos.-n