Ordenanza N°

461

461,1958,1958-08-01,1958-08-11,ART. 1°: A partir de la promulgación de la presente Ordenanza queda absolutamente prohibido, en las calles del Municipio, a todo automotor, cualquiera sea su naturaleza, transitar a una velocidad de 25 kilómetros por hora. ART. 2°: En las calles o veredas no se permitirá dejar, bajo ningún pretexto nada que pueda interrumpir la vialidad o transito y lo artículos destinados a las casas de comercio deberán ser descargado directamente del vehículo al interior del negocios o viceversa. ART. 3°: No se permitirá depositar en las calles o veredas, tierra, arena, ladrillo esqueletos, etc. o cualquier otro tipo de dinero . ART. 4: Ningún vehículo automotor podrá quedar estacionado de noche en la vía publica con motivo alguno, como tampoco podrá quedar frente a los talleres mecánicos para reparación, en este caso deberán introducirse en los locales habilitado o dejarse estacionados en las playas de estacionamiento que al efecto se habiliten. ART. 5°: Queda terminantemente prohibido el transito con escape libre, para toda clase de vehículo automotor, debiendo estar provisto de silenciadores. ART. 6°: Prohíbase igualmente a todo vehículo automotor o de tracción a sangre circular por las calles del municipio sin bocina, con frenos en malas condiciones y desde el momento en que la iluminación sea imprescindible, sin las luces reglamentarias. ART. 7°: La circulación de bicicletas, motor o motoneta en las calles del municipio se hará conservando la derecha en su dirección y lo mas próximo posible al cordón de la vereda. Queda prohibido la circulación de estos vehículos por las veredas y por el interior de las plazas. ORDENAMIENTO DEL TRANSITO DE VEHICULOS EN LA PLANTA URBANAnCircuitos para transito pesado mas de 4.000kgs.nnART. 8°: ENTRADAS:nnaPor Avda. Rivadavia –J.Juares-Castelli con derivaciones:nhacia el Este: Uriburu-Colon a Avda. Mitre y/o H.Yrigoyen.-nhacia el Oeste: Sarmiento-Berutti a Uriburu y/o Dalmine. bPor Avda. Bme. Mitre – Castelli con derivacionesnhacia el Este: Uriburu-Colon a Avda. Mitre y/o H.Yrigoyen.-nhacia el Oeste: Sarmiento-Berutti a Uriburu y/o Dalmine.-nENTRADA PARA TIEMPO BUENO, EN CALLES TRANSITABLESnncPor Sarmiento-Passo-España-Yrigoyen con derivaciones a Avda Emilio Mitre y/o Leandro N. Alem. dPor Lavalle-Castelli con derivacionesnhacia el Este: Uriburu-Colon a Avda. Mitre y/o H.Yrigoyen.-nhacia el Oeste: Sarmiento-Berutti a Uriburu y/o Dalmine. ART. 9°: SALIDAS:nnePor L.N. Alem–Castelli-Diag. Sarmiento-Rawson con derivacionesnhacia el Este: J.Jaures-Avda. Rivadavia-Ruta N° 9.-nhacia el Oeste: Avda. Mitre hasta Ruta N° 12.-nSALIDAS PARA TIEMPO BUENO, EN CALLES TRANSITABLESnnfPor L.N. Alem–Castelli-Diag. Sarmiento-Rawson con derivacionesnhacia el Este: J.Jaures-Avda. Rivadavia a Ruta N° 9.-nhacia el Sudoeste: Diag. Lavalle a Ruta N° 12. SENTIDO DEL TRANSITO DE VEHICULOSnnART. 10°: Calles de una sola mano.nnaDe Este a Oeste.-nL.N.Alem: entre Colon y Berutti.nL.Costa: entre Colon y Berutti.nM.Guemes: entre Brown y Chiclana.n25 de Mayo: entre Passo y Balcarce.nAlberdi: entre Sarmiento y Balcarce.nnbDe Oeste a Este.-nUriburu: entre Colon y Berutti.nMarconi: entre Brown y Berutti.nEspaña: entre Passo y Chiclana.n9 de Julio: entre Passo y Balcarce.nEstrada: entre Passo y Balcarce.nncDe Norte a Sud.-nCastilla: entre Alem y Estrada.nRawson: entre L.N. Alem y Alberdi.nBelgrano: L.N. Alem y Alberdi.nColon: entre L. Costa y Alberdi.nndDe Sud a Norte.-nBerutti: entre Uriburu y Alberdi.nCastelli: entre Alem y Alberdi.nSan Martín: entre L.N. Alem y Alberdi.nMoreno: L. Costa y Alberdi.nColon: entre Alem y Uriburu.nBrown: entre Marconi y Estrada.nnART. 11°: Calles de Doble Mano.ntAlberti: entre Alberdi y Sarmiento n Berutti: entre L.N. Alem y Uriburu.n España: entre Yrigoyen y Passo.n M. Güemes: entre Brown y Passo.nAvenida Rivadavia.nAvenida Bartolomé Mitre.nDiagonal Sarmiento.nDiagonal LavallenJ.Jaures: entre Rawson y Rivadavia.nnORDENAMIENTO DEL ESTACIONAMIENTO DE VEHICULOSnnART. 12°: Avenida Rivadavia, entre Alem y 25 de Mayo. aProhibido el transito de camiones, excepto el de abastecimiento a comercios hasta 4.000 kgs el que deberá realizarse de Lunes a Sábado y de 7 a 11,30 horas.-nbEl estacionamiento de vehículos se realizara se hará de Lunes a Viernes entre las 8 y las 22 y los Sábados de 8 a 12 horas en el centro de la calzada, con excepción de los que carguen o descarguen mercaderías, los que podrán estacionar junto a la acera el tiempo necesario para completar estas operaciones..-ncLos sábado a partir de las 12horas y los domingo el estacionamiento será permitido en ambos lados, siguiendo la mano del transito. ART. 13°: Los vehículos se estacionaran, en las arterias de una sola mano, junto a la acera en la mano correspondiente y en dirección del transito. ART. 14°: Los vehículos se estacionaran, en las arterias de doble mano, sobre los números pares, en el sentido correspondiente a esas mano. ART. 15°: Estará estrictamente prohibido el estacionamiento en:nColon y Berutti, entre Alem y Uriburu.-nSarmiento, en rotonda de Plaza Italia,-nEspaña, entre Yrigoyen y Passo.-nYrigoyen en su totalidad.nnART. 16°: Quedan exceptuados de las disposiciones de ordenamiento de transito, estacionamiento, etc., los colectivos y ómnibus en el circuito de sus concesiones. ART. 17°: En las calles en las que circulen vehículos de transporte de colectivos u ómnibus y en las paradas correspondientes, queda prohibido estacionar en un espacio de 30 metros hacia las bocacalles. ART. 18°: Queda prohibido el estacionamiento de camiones cargados dentro de las calles del municipio comprendidas entre las Rutas 9, 12 y vías del ferrocarril. ART. 19°: Las infracciones a la presente Ordenanza, serán penadas con $50.-por primera vez y $ 100.- en caso de reincidencia. ART. 20°: Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza serán imputados a Inciso II – Item 9 – Materiales y Gastos para Obras y Servicios Públicos. ART. 21°: Derogase toda Ordenanza o Disposición que se oponga a la presente. ART. 22°: Comuníquese al D. E. a sus efectos.-n,1964-12-01;