Ordenanza N°

426

426,1955,1955-07-01,1955-07-04,Art. 1º.- Acuérdase a la Confederación General del Trabajo, un Subsidio por una sola vez, de VEINTE MIL PESOS MONEDA NACIONAL $ 20.000.- m/n con destino a engrosar la colecta organizada por la misma, para ayuda de las víctimas de los sucesos ocurridos el día 16 de junio del corriente año. Art. 2º.- La cantidad de Veinte mil pesos necesaria para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior, se tomará del Superávit del Ejercicio 1954, con imputación a la presente Ordenanza. Art. 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n