Ordenanza N°

419

419,1955,1955-05-27,1955-05-31,Art. 1º.- Acuérdase a la Sociedad de Beneficencia “Hermanas de los Pobres” un subsidio por una sola vez de TRES MIL CIENTO CINCUENTA PESOS MONEDA NACIONAL $ 3.150.- m/n, a fin de que se hagan efectivas mejoras de sueldos no percibidas por el personal que presta servicios en el Hospital “Eva Perón”, por los meses de junio a agosto de 1954.-n nArt. 2º.- La suma necesaria para dar cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior, se tomará del Superávit del Ejercicio año 1954, con imputación a la presente Ordenanza.-n nArt. 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n