Ordenanza N°

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234,1951,1951-10-23,1951-11-05,Art. 1º.- Acuérdase, por una sola vez, un subsidio de QUINIENTOS PESOS MONEDA NACIONAL $ 500.- m/n al no vidente de la localidad Don Andrés Soto en carácter de ayuda social. Art. 2º.- El recurso se tomará del Inciso 4 “Asistencia Social” Item 4, “Pensiones Graciables” Partida 1, del Presupuesto de Gastos vigente, con imputación a la presente Ordenanza.- nnArt. 3º.- Comuníquese al D.E. a sus efectos.