2212,1987,1987-10-22,1987-10-26,ARTICULO 1º: Convalídase en todas sus partes el Contrato de Locación celebrado a los 7 días del mes de agosto del año 1987, entre la Municipalidad del Partido de Campana, representada por el señor Intendente Municipal D. Calixto Bartolomé DELLEPIANE, por una parte, y la señora Ana María de Luján FRANCO de BOETTI D.N.I. 4.768.652, domiciliada en calle San Martín Nº 367, de esta Ciudad, “Ad-referendum” de su convalidación por parte del Departamento Deliberativo mediante la respectiva Ordenanza, por el cual se conviene la locación del inmueble sito en calle Rawson Nº 500, de Campana, para uso de las Reparticiones del Instituto de Obra Médico Asistencial de la Provincia de Buenos Aires I.O.M.A., por el término de DOS 2 años, con opción a UN 1 año más por parte del locatario, a partir del 1º de septiembre de 1987, en las condiciones expresamente establecidas en el mismo, y cuya copia carbónica obra a fs. 15 del expediente Nº 4016-26.590/87. ARTICULO 2º: Convalídase en todas sus partes el Decreto Nº 789 del 2 de octubre de 1987, del Departamento Ejecutivo, por el que se dispuso que por la Contaduría Municipal se libre el pago a favor de la Sra. Ana María de Luján FRANCO de BOETTI, por la suma de TRESCIENTOS VEINTE AUSTRALES A 320.-, correspondiente al primer mes de arrendamiento del inmueble a que se hace referencia en el artículo anterior, en cumplimiento a lo estipulado en la cláusula 1ra. Del Contrato de Locación que se convalida en el mismo. ARTICULO 3º: Modifícase el asiento funcional establecido en el artículo 1º del Decreto Nº 291 del 22 de abril de 1987, del Departamento Ejecutivo, convalidado por Ordenanza Nº 2125/87, para la Delegación del Instituto de Obra Médico Asistencial de la Provincia de Buenos Aires. ARTICULO 4º: Los fondos necesarios para dar cumplimiento a las obligaciones emergentes del Contrato de Locación que se convalida en el artículo 1º se tomarán de la Partida 1.1.2.1. “Alquileres y Arrendamientos”, del Item I, Finalidad I, del Presupuesto General de Gastos vigente, y de las que al efecto se preveerán en los correspondientes a futuros ejercicios. ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n