Ordenanza N°

2153

2153,1987,1987-07-02,1987-07-07,nARTICULO 1º.- Fijase como espacio reservado para el estacionamiento de los vehículos pertenecientes al personal directivo del la Seccional Campana de la Unión Obrera Metalúrgica, el espacio de la calzada correspondiente a la acera de numeración edilicia impar que corresponde a la totalidad del frente del edificio de propiedad de esa entidad gremial, sito en calle Dr. Luis De Dominicis N° 783, de esta Ciudad. ARTICULO 2º.- Autorizase la colocación de los respectivos carteles indicadores “Espacio Reservado para Estacionamiento – Unión Obrera Metalúrgica”, a fin de delimitar el sector a que hace referencia el artículo anterior. ARTICULO 3º.- Modificase el inciso d del artículo 3° de la Ordenanza N° 1217/75, en todo cuanto se oponga a lo establecido en la presente. ARTICULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n