Ordenanza N°

209

209,1951,1951-06-12,1951-06-14,nArt. 1º.- Autorízase al D.E. a entregar la posesión de los lotes que corresponden a las Manzanas Nº 169 – 170 y 171 a quienes hubieran abonado el total de las cuotas.-n nArt. 2º.- El D.E. podrá disponer que la entrega material la realice la Oficina competente, luego de la medición respectiva.-n nArt. 3º.- Los compradores que no abonen todas las cuotas, se les entregará la posesión luego de suscribir la respectiva escritura con arreglo al Art. 2º de la misma. Art. 4º.- Autorizar al D.E. para que fije las condiciones de la hipoteca por saldo de precio, su eventual ejecución, época de pago y demás estipulaciones necesarias para la defensa de los intereses municipales a efectos de obtener el puntual ingreso de los fondos. Art. 5º.- Autorizar al D.E. para protocolizar las Actas del H. Concejo Deliberante pertinentes a la escrituración, así como cuantas más actas sean conducentes a tal fin. Art. 6º.- Comuníquese al D. E. a sus efectos.nn